Gaceta Oficial 39193 del 4 Junio 2009
SUMARIO
ASAMBLEA NACIONAL
Acuerdos mediante los cuales se autoriza al Ejecutivo Nacional para decretar varios Créditos Adicionales a los Presupuestos de Gastos vigente del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia.VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Resolución que encarga al ciudadano Orbelio Pareira, como Presidente de Venezolana de Teleféricos, VENTEL,C.A.MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA ECONOMÍA Y FINANZAS
Resolución que corrige por error material la Resolución Nº 2.293, de fecha 18 de abril de 2009.Resoluciones que designa a los ciudadanos que en ellas se señalan, en los cargos que en ellas se indican.
ONAPRE
Providencias que procede a la publicación de varios Traspasos de Créditos Presupuestarios de los Ministerios que en ellas se especifican.SUDEBAN
Resolución que autoriza la fusión por absorción de Stanford Bank, S. A., Banco Comercial por parte del Banco Nacional de Crédito, C.A., Banco Universal.SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS
Providencia que revoca el acto administrativo contenido en el oficio Nº HSS-300-2-C-195/007065, de fecha 16 de septiembre de 1992.Providencia que suspende temporalmente la autorización otorgada al ciudadano Rafael Ernesto Valbuena Ayala, para actuar como Corredor de Seguros.
SENIAT
Providencia que modifican los miembros de la Comisión de Contrataciones del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).Providencia que desincorpora de la Cuenta de Especies Fiscales de la Gerencia de Recaudación, los Formularios que en ella se señalan.
COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Resolución que declara sin lugar el Recurso de Reconsideración interpuesto por el ciudadano Gabriele Titone Bono.BCV
Resolución que fija en veintinueve coma cinco por ciento (29,5%), la tasa anual de interés a cobrar por el Banco Central de Venezuela en sus operaciones de descuento, redescuento y anticipo, con excepción de lo dispuesto en el artículo que en ella se indica.Resolución que informa que los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras regidos por el Decreto con Fuerza de Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras y demás Leyes Especiales, no podrán cobrar por sus operaciones activas, excluidas aquellas relacionadas con tarjetas de crédito, una tasa de interés anual o de descuento superior a la tasa fijada periódicamente por el Directorio del Banco Central de Venezuela para las operaciones de descuento, redescuento, reporto y anticipo de este Instituto.
Avisos Oficiales.

